Si está interesado en obtener la ITE (Inspección Técnica de Edificios) en Vic ha contactado con el Estudio de Arquitectura adecuado.
El Estudio de Arquitectura e Ingeniería ALONE nace en el año 1993 y ha centrado principalmente sus Proyectos de ARQUITECTURA E INGENIERÍA en todo el territorio nacional. Somos especialistas en la realización de la ITE, o Inspección Técnica de Edificios, para lo cual inspeccionamos el inmueble y redactaremos el correspondiente informe conocido como la ITE.
Gracias a nuestra exitosa trayectoria durante más de 25 años, hemos conseguido formar una red de técnicos altamente cualificados para ofrecer nuestros servicios a lo largo de todo el territorio nacional.
Nuestra filosofía de trabajo es siempre conseguir satisfacer las necesidades de nuestros clientes, las cuales se centran en el uso, el buen diseño y el coste. Con cada proyecto se nos presenta un nuevo reto y en cada uno de ellos intentamos conseguir que nuestros clientes queden totalmente satisfechos.
El proceso de contratación es muy sencillo, únicamente se debe cumplimentar un formulario y nos pondremos en contacto con usted.
Nuestros arquitectos se pondrán en contacto con usted lo antes posible para concertar la cita e inspeccionar el inmueble.
Optimizamos nuestros recursos disponibles para ofrecer a nuestros clientes los mejores precios del mercado.
El Estudio de Arquitectura ALONE garantiza resultados óptimos para la realización de la Inspección Técnica del Edificio en Vic.
La Inspección Técnica del Edificio es un documento requerido por la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2011 del 1 de julio que obliga a los edificios con 45 años de antigüedad (como norma general), a contratar un técnico competente para que realice la correspondiente Inspección Técnica del Edificio. ¿Pero, cuál es el proceso de contratación de la Inspección Técnica del Edificio (ITE)? El siguiente vídeo explica cómo:
Primeramente, será el vecino, el propietario, o su representante (generalmente el Administrador de Fincas) quién deberá ponerse en contacto con un Despacho de Arquitectura para contratar sus servicios técnicos en la redacción de la ITE.
No obstante, tenga en cuenta que no es necesario que el edificio haya cumplido 45 años desde su certificado de final de obra, pues determinadas Comunidades Autónomas y Ayuntamientos lo consideran exigible para los edificios con 40 años de antigüedad o incluso menos. Revise la legislación vigente en su Comunidad Autónoma o su municipio, puesto que los requisitos para la Inspección Técnica de Edificios varían al existir competencias municipales en cuanto a la regulación de dicho informe.
Seguidamente, el técnico visitará el inmueble en cuestión y realizará la inspección técnica del edificio debiendo revisar los aspectos más generales de las zonas comunes del edificio: cimentación, estructura, fachada, cubierta, terraza, instalaciones de saneamiento. No obstante, tenga en cuenta que no suele ser imprescindible que los técnicos accedan a todas las viviendas, aunque en determinadas situaciones sí será conveniente acceder a alguna de ellas para poder inspeccionar elementos concretos que desde otras zonas no son visibles. Es una práctica común que nuestros técnicos encargados de la redacción de la ITE tomen fotografías para el adecuado análisis del edificio y la correcta redacción de la ITE.
Por último, los técnicos redactarán el Informe, que hace referencia al Estado de Conservación del Inmueble.
Nuestro Estudio de Arquitectura ALONE por tanto se encargará de la inspección técnica del inmueble, de la redacción de la ITE y de su registro en el organismo autonómico/Ayto. correspondiente. Tras su registro le remitiremos el justificante obtenido de la misma, junto con una copia de la propia ITE de su edificio.
Aspectos a tener en cuenta:
La Inspección Técnica de su Edificio redactada será válido para todos y cada uno de los locales y viviendas existentes en el edificio. En el caso de tratarse de un Informe de Evaluación de EdificioEn su vertiente de certificación energética, podrá ser registrado adicionalmente en el Registro autonómico responsable del Registro de Certificados Energéticos. Este registro optativo tendrá un coste adicional de 100 €, más las tasas oficiales. Este hecho es realmente interesante cuando hablamos de la Certificación de la Eficiencia Energética, puesto que permitirá tener la certificación energética del edificio completo y extenderá su eficacia en cada vivienda. De este modo, y dado que tiene un período de validez de 10 años, no será necesario que los propietarios de las viviendas encarguen individualmente durante ese período de tiempo su Certificado de Eficiencia Energética, para la puesta en venta y/o alquiler de su vivienda particular.
Otro punto a favor del Informe de Evaluación de su Edificio es que si el edificio ha pasado recientemente la Inspección Técnica del Edificio (ITE), dicho informe resultante se podrá integrar como parte del Informe de Evaluación del Edificio (IEE) regulado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, teniéndose este apartado como realizado, en todo caso, cuando el primero haya tenido en cuenta exigencias derivadas de la normativa autonómica o local. Como puede ver la antigua ITE (Inspección Técnica del Edificio) que antes solo incidía sobre el estado de conservación, ahora pasa a denominarse IEE (Informe de Evaluación del Edificio), y además también estudia mejoras en la eficiencia energética y accesbilidad del inmueble.
Finalmente, en aquellos casos en los que exista una Inspección Técnica del Edificio (ITE) que haya evaluado tanto los aspectos de conservación del edificio como los de accesibilidad exigidos por el Real Decreto Legislativo 7/2015 que regula el Informe de Evaluación de Edificios, se podrá complementar únicamente con la Certificación de Eficiencia Energética y surtirá los mismos efectos legales que el IEE. Póngase en contacto con nosotros y le facilitaremos un presupuesto de nuestros servicios profesionales para el caso que su edificio ya disponga del ITE, y tan solo requiera de los aspectos relacionados con la accesibilidad y la eficiencia energética.
Somos un Estudio de Arquitectura que presta sus servicios técnicos al mejor precio en todo el territorio nacional.
Realizamos la inspección de su inmueble en la fecha que a usted le venga bien y le resulte más comodo.
Nuestro Estudio de Arquitectura tiene una trayectoria de más de 25 años en el sector, lo cual es una garantía de profesionalidad.
La normativa que establecía el deber de conservación de los edificios tiene una antigüedad de más de 60 años (Ley del Suelo de 1957), pero no es hasta el año 2011 cuando se introduce la obligatoriedad de inspeccionar el estado de los inmuebles mediante la Inspección Técnica de Edificios (ITE), que consiste en la inspección en cuanto al estado de conservación que deben pasar los edificios con una antigüedad superior a los 50 años, salvo que las ordenanzas municipales establecieran una antigüedad menor.
En esta inspección visual un arquitecto o arquitecto técnico comprueba el estado constructivo de los elementos comunes del edificio, principalmente su envolvente, esto es fachadas, medianeras, patios de luces, cubiertas... Tras esta inspección se redactaba un Informe detallado donde se establecía si el edificio estaba en buenas condiciones constructivas o requería de realizar en él obras de rehabilitación para subsanar algún problema.
Pero posteriormente, mediante la publicación de la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbana se hace obligatoria la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEE), donde ahora además de comprobar el estado constructivo del edificio (equivalente a la ITE), también se deberá analizar la accesibilidad del inmueble proponiendo intervenciones que mejoren dicho aspecto. Y por último se deberá analizar la eficiencia energética global del inmueble.
La Inspección Técnica de Edificios es un documento que analiza únicamente la situación en la que se encuentra el inmueble en cuestión respecto a su estado de conservación, mientras que el Informe de Evaluación del Edificio también analiza el cumplimiento de la normativa de accesibilidad universal y el grado de eficiencia energética del edificio.
A pesar de tener carácter obligatorio, la Inspección Técnica del Edificio puede ser encargada por cualquier propietario o por la Comunidad de Propietarios en cualquier momento, ya que su obtención puede revalorizar considerablemente el edificio.
La Inspección Técnica del Edificio corrobora y garantiza de manera formal que el edificio mantiene un estado de conservación óptimo con un nivel de mantenimiento adecuado, siendo una garantía para los inquilinos y propietarios, presentes y futuros del inmueble.
Como se ha descrito anteriormente, la Inspección Técnica del Edificio del Edificio consiste únicamente en el análisis del Estado de Conservación del Edificio, mientras que el Informe de Evaluación del Edificio tiene por tanto 3 partes bien diferenciadas:
La normativa vigente que regula la Inspección Técnica del Edificio es el Real Decreto Ley 8/2011 del 1 de julio. Podemos encontrar toda la información necesaria en lo que concierne a la ITE en el siguiente artículo:
El Capítulo IV (4) (Inspección Técnica de Edificios) explica qué edificios son objeto del informe, en qué consiste, hasta dónde alcanza su eficacia y tiempo de vigencia, obligaciones derivadas de su incumplimiento y la gestión del informe una vez redactado por el técnico competente.
Por otro lado, la normativa vigente que regula el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) es la Ley 8/2013 de 26 de junio. Podemos encontrar toda la información necesaria en lo que concierne al IEE en los siguientes artículos:
La Inspección Técnica del Edificio es obligatoria para edificaciones de tipología residencial de vivienda colectiva en Vic siempre y cuando dicho edificio haya sido construido hace más de 45 años, como norma general. No obstante, tenga en cuenta que es más que probable que se exija el Informe de Evaluación de su Edificio, puesto que es mucho más completo. Nosotros también lo realizamos aquí Como plazo máximo para la presentación del Informe de Evaluación de Edificios en Vic, se estipulan 3 meses desde la fecha de la última visita de inspección. No obstante, nos comprometemos con nuestros clientes a hacerles llegar el Informe de Evaluación de su Edificio en un periodo máximo de entre 6 y 8 semanas. Tenga en cuenta que nosotros nos ocupamos del registro de su Informe IEE/ITE en el correspondiente organismo de su Comunidad Autónoma / Ayuntamiento, con el fin de facilitarles la tramitación del informe.
La ITE únicamente evalúa el estado de conservación del edificio. Por otro lado, como ya se hemos mencionado, el IEE es el nuevo documento que se está comenzando a exigir estos últimos años. El IEE se compone de:
En el caso de que el edificio en cuestión haya pasado la Inspección Técnica de Edificios recientemente, no se le requerirá de nuevo un informe estructural por el periodo de vigencia de la ITE, que es de 10 años. No obstante, es posible que la regulación local le solicite el IEE, aunque no es necesario solicitar el IEE por completo, puesto que se mantiene la ITE en vigencia.
Redactamos la Inspección Técnica de Edificios a lo largo de toda la provincia de Barcelona. Estos son los municipios
donde realizamos el ITE (ITE Barcelona):
ITE en Barcelona, Hospitalet de Llobregat, Badalona, Terrassa, Mataró, Santa Coloma de Gramenet, Cornellà de Llobregat, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Manresa, Rubí, Vilanova i la Geltrú, El Prat de Llobregat, Viladecans, Castelldefels, Granollers, Cerdanyola del Vallès, Mollet del Vallès, Esplugues de Llobregat, Gavà, Sant Felíu de Llobregat, Vic, Igualada, Vilafranca del Panadès, Ripollet, Sant Adrià de Besòs, Montcada y Reixac, Sant Joan Despí, Berberà del Vallès, Premià de Mar, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts, Sitges, Martorell, Sant Andreu de la Barca, Pineda de Mar, Molins de Rei, Santa Perpètua de Mogoda, Olesa de Montserrat, Castellar del Vallès, El Masnou, Esparraguera, Manlleu, Vilassar de Mar, Calella, Malgrat de Mar, Sant Quirze del Vallès, Parets del Vallès, Berga, Les Franqueses del Vallès, Caldes de Montbui, Sant Celona, Cardedeu, Casanovelles.
Si desea conocer la respuesta a otras cuestiones similares a estas, no deje de entrar en nuestra página de FAQ o rellene el formulario existente en la página Tengo dudas.
La realización de la Inspección Técnica del Edificio (ITE) es una obligación que afecta a los propietarios y comunidades de vecinos. Es el Administrador y Presidente de cada Comunidad de Propietarios, los responsables de su realización y presentación ante la Administración autonómica/Ayto.
Para conocer cuando debe pasar la ITE su edificio debe tener en cuenta el año de finalización de la construcción, estando reflejado en la escritura de obra nueva del inmueble. Existen casos donde el año de finalización de las obras no está claro, pero entonces podemos consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro. Si tiene cualquier duda al respecto, rellene nuestro formulario de contacto y con mucho gusto intentaremos ayudarle en este asunto.
Por tanto, será bueno conocer la fecha en la cual deberá contratar la Inspección Técnica del Edificio para evitar problemas en forma de sanciones. Resulta imprescindible tener al día la ITE de su inmueble, ya que también suelen ser frecuentes problemas con las compañías aseguradoras de los edificios, donde tras un siniestro se producen problemas con las coberturas cuando no se tiene al día la Inspección Técnica del Edificio (ITE).
Y si su edificio todavía no necesita el Informe de Evaluación del Edificio pero sí requiere de alguna obra de rehabilitación, póngase en contacto con nosotros estaremos encantados de facilitarle sin ningún compromiso un presupuesto del correspondiente Proyecto de Rehabilitación y de la Dirección de las Obras. Contactar.
La seguridad de estar al día con la legislación vigente proporciona una satisfacción que no se puede expresar con palabras. Por tanto, tenga claro que contratar nuestros servicios es garantía de obtener dicha seguridad jurídica.
Pasar la ITE es una expresión muy conocida, no obstante hoy en día puede que sea insuficiente según la legislación vigente. Para ello, le ofrecemos nuestro servicio de Informes de Evaluación de Edificios en Vic:
Si necesita conseguir el Informe de Evaluación de Edificios en Vic o para algún municipio de la provincia de Barcelona, puede contratar nuestros servicios. Para la redacción del Informe de Evaluación del Edificio en Vic, visitaremos su vivienda tomando las mediciones y fotografías necesarias para comprobar que el inmueble se ajusta a las exigencias técnicas que exige la Ley 8/2013 del 26 de junio en cuanto a la regulación del Informe de Evaluación del Edificio sobre los aspectos de:
El proceso de contratación de nuestros servicios técnicos a través de esta página web, es muy sencillo:
Rellene el formulario que figura más abajo con los datos de contratación. Tenga en cuenta que todos los datos son tratados de acuerdo con nuestra política de privacidad y la Ley de Protección de Datos.
Nos pondremos en contacto con el representante de la Comunidad de Propietarios para recabar todos los datos necesarios para redactar y suscribir el correspondiente contrato de prestación de nuestros servicios técnicos.
Le remitiremos el contrato que deberá ser suscrito por el representante de la Comunidad de Propietarios, es decir, el Administrador de la Finca o el Presidente de la Comunidad.
Seguidamente, concertaremos una cita para realizar la inspección del inmueble en aquella fecha que les sea más conveniente. En el momento de la visita, el técnico irá acompañado en todo momento por personal representante de la Comunidad de Propietarios
Finalmente, nuestros técnicos redactarán en base a la información recabada en la inspección del inmueble el Informe de Evaluación de su Edificio, incluyendo en el mismo todas las propuestas de mejora desde un punto de vista técnico.
Procederemos a su tramitación y registro ante el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma / Ayuntamiento y le remitiremos esta documentación en un plazo aproximado de entre 6 y 8 semanas. Con esto, se darían por finalizados nuestros servicios.
Para ver toda la información detallada en cuanto al proceso de contratación, no deje de visitar la página de contratación.
La realización de la Inspección Técnica del Edificio (ITE) es una obligación que afecta a los propietarios y comunidades de vecinos. Es el Administrador y Presidente de cada Comunidad de Propietarios, los responsables de su realización y presentación ante la Administración autonómica/Ayto.
Para conocer cuando debe pasar la ITE su edificio debe tener en cuenta el año de finalización de la construcción, estando reflejado en la escritura de obra nueva del inmueble. Existen casos donde el año de finalización de las obras no está claro, pero entonces podemos consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro. Si tiene cualquier duda al respecto, rellene nuestro formulario de contacto y como mucho gusto intentaremos ayudarle en este asunto.
Por tanto, será bueno conocer la fecha en la cual deberá contratar la Inspección Técnica del Edificio para evitar problemas en forma de sanciones. Resulta imprescindible tener al día la ITE del inmueble, ya que también suelen ser frecuentes problemas con las compañías aseguradoras de los edificios, donde tras un siniestro se producen problemas con las coberturas cuando no se tiene al día la Inspección Técnica del Edificio.
Gracias a nuestra metodología de trabajo, los propietarios del inmueble se podrán despreocupar por completo a la hora de la realización de la Inspección Técnica de su Edificio y su tramitación administrativa. Nosotros nos ocupamos de todo.
El técnico competente que realizará la Inspección Técnica de su Edificio irá acompañado en todo momento por personal vinculado a la Comunidad de Propietarios, como bien puede ser el Administrador de la Finca o el Presidente de la Comunidad.
1 Visita al inmueble con el fin de inspeccionar todos los puntos necesarios para la realización precisa de la Inspección Técnica de Edificios.
2 Redactomos el Informe de la Inspección Técnica de su Edificio con los datos obtenidos en la previa inspección.
3 Seremos nosotros quiénes tramitemos la ITE de su Edificio ante la Comunidad Autónoma / Ayuntamiento correspondiente de acuerdo con la normativa vigente.
4 Le remitiremos el justificante de la presentación de la Inspección Técnica de su Edificio de su Edificio el mismo día que se presente, de modo que los vecinos se despreocupen al completo.
La compra de cualquier producto tangible nos permite comparar entre distintos vendedores las características del mismo, así veremos si es sólido, ligero, bonito, grande, pequeño, suave,... ¿Pero cómo comparamos entre distintas ofertas de servicios profesionales?. Esta es una labor más difíc .....
Leer másHace poco tiempo se puso en contacto con nuestro despacho un Administrador de fincas que nos dijo que la Comunidad de Propietarios de un edificio al que le hicimos hace un tiempo el correspondiente Proyecto de Rehabilitación no iba a contratar con nosotros la dirección de las obras, porque la empr .....
Leer másEn el mundo de la Arquitectura igual que otros sectores de la economía se mueve mucho dinero, lo cual hace que a él se acerquen individuos poco escrupulosos ávidos de morder lo que puedan. Todos conocemos por los medios de comunicación casos de comisiones ilegales en las más diversas situacion .....
Leer másEstas son las últimas opiniones que nos han dejado nuestros clientes una vez hemos dado por finalizada la prestación de nuestros servicios, con la
redacción y la tramitación del Informe de Evaluación de su Edificio en determinados municipios de la provincia de Barcelona.
"Un precio muy razonable para el trabajo realizado, muchas gracias."
"Muy fácil todo, muchas gracias."
"Todo perfecto, gracias."
"Muy agradecidos por el trabajo, muchas gracias."
“Muy satisfechos con vuestra ITE"
"ITE realizado y tramitado correctamente, sin ningún problema."
"Muchas gracias por vuestras propuestas de mejora, fueron muy útiles."
"Gracias por vuestros servicios."
“Os volvería a contratar si tuviera dos edificios, gracias.”
"Todo bien."
"Un precio muy razonable para el trabajo realizado, muchas gracias."
"Muchas gracias por vuestro trabajo."
"¡Hicisteis un trabajo muy bueno, muy rápido y correcto!"
"Muchas gracias por el Informe y el trabajo realizado."
"Todo correcto, gracias."
"Muy bien todo y muy sencillo. Gracias por la tramitación."
"Cambios propuestos adecuados, gracias."
"Hicisteis un trabajo rápido y adecuado, buen servicio."
"Ha sido muy fácil y cómodo trabajar con vosotros, no tengo pegas."
"Trabajo realizado satisfactoriamente."
Pregúntanos sin compromiso rellenando el siguiente formulario.
Somos un Estudio de Arquitectura creado en el año 1993 en el que hemos proyectado y dirigido más de 4.000 viviendas. Como especialistas que somos, hemos redactado infinidad de Informes Periciales, Valoraciones, Certificados, y desde los últimos años nos hemos especializado en la redacción de Informes de Evaluación de Edificios a lo largo de todo el territorio nacional.