Cuándo ALONE redacta el Proyecto de Rehabilitación de un edificio

Proyecto Rehabilitación Edificios ALONE

Nuestros técnicos llevan unos 30 años redactando Proyectos de Rehabilitación de edificios, principalmente de estructuras (pilares, forjados, cimentaciones...), fachadas y accesibilidad del inmueble. Se trata de un trabajo gratificante donde en pocos meses vemos un cambio radical en el aspecto y funcionalidad del inmueble.

Siempre estamos encantados de que se nos contrate para redactar el correspondiente Proyecto de Rehabilitación de un inmueble, pero el problema surge cuando la rehabilitación surge tras haber realizado nosotros el Informe de Evaluación del edificio.

Nuestro despacho sigue un estricto criterio de ética profesional y nos comprometemos a NO redactar ningún Proyecto de Rehabilitación de cualquier edificio en el que hayamos realizado el Inspección Técnica de Edificios, salvo casos muy concretos. Queremos realizar nuestra labor inspectora de forma objetiva y que no exista ningún elemento que pueda condicionar nuestro juicio.

Excepciones: el criterio del niño de 8 años

Existen excepciones a esta regla en las que SÍ podemos compaginar nuestra labor inspectora con la vertiente proyectista. Una sería la que denominamos "el criterio del niño de 8 años": cuando en un edificio se ha producido un accidente en forma de desprendimiento de un elemento (un voladizo, una cornisa, parte del tejado...), cualquier niño de corta edad sabe que ese elemento hay que repararlo, por lo que no tendremos ningún inconveniente en participar en dicha reparación, incluso aunque hayamos redactado la ITE de ese edificio.

Es decir, los propietarios del inmueble saben que dicho elemento hay que repararlo antes de ponerse en contacto con nosotros. Se trata de un hecho objetivo y nítido que no depende de interpretaciones.

En estos casos aplicamos honorarios con un importante descuento: mientras que los honorarios normales de Proyecto y dirección de obra están entre el 8% y el 12% del valor de la obra ejecutada, nosotros tenemos una tarifa fija del 4% para el Proyecto de Rehabilitación y el 3% para la dirección de obra.

Segunda excepción: accesibilidad

Existe otra circunstancia en la que también estaríamos encantados de participar: la adecuación de la accesibilidad mediante la eliminación de barreras arquitectónicas, instalando ascensores, plataformas elevadoras, rampas... Se trata de trabajos que de antemano nos pide esa Comunidad de Propietarios y que objetivamente hacen falta ejecutar.

Como ve somos muy estrictos en nuestra política de empresa. Creemos que esta forma de actuar es la más ética y que redundará en un mejor servicio a nuestros clientes.

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